¿LEASING O RENTING? ¿ QUE ELEGIR?
*LEASING: La empresa no será propietaria del vehículo jurídicamente, lo será la compañía de Leasing, que lo cede a cambio de una cuota mensual , más IVA.
Para que la empresa sea propietaria, deberá ejercer la opción de compra que acompaña al leasing, pagando la cuota residual del vehículo ( normalmente es una cuota adicional).
A nivel contable y económico, el leasing funciona como un préstamo al uso, y en el balance aparecerá en el inmovilizado material, la deuda será comunicada al CIRCE por tanto, afecta a los posibles riesgos de la empresa.
A nivel fiscal, el leasing tiene ventajas, ya que sus cuotas incluyen , la recuperación del coste del bien y carga financiera, que son deducibles con unos límites ( doble o triple amortización de la recuperación del coste dependiendo del tipo de empresa).
*RENTING: El renting es un alquiler puro, sin opción de compra: la empresa alquila un vehículo a cambio de una cuota mensual más IVA, y en esa cuota ya están integrados otros gastos como el seguro, reparaciones, impuestos, etc, por tanto a nivel contable no aparece en el inmovilizado y tampoco va a ser declarado al CIRCE.
Dado que estas cuotas son deducibles la “aceleración del gasto del leasing ya no es una ventaja fiscal.
COMPARACION : Debe hacerse teniendo en cuenta las salidas de tesorería de cada una :
-Los desembolsos anuales ( cuotas de leasing, renting y todos los gastos de mantenimiento del vehículo).
-El efecto en el Impuesto de Sociedades.
-La vida útil de los vehículos y su valor residual al final de esta.
Fuente : El Derecho